Solicitud de Alta o Baja de Actividad AFIP-ARCA
Encabezado
SOLICITUD DE ALTA O BAJA DE ACTIVIDAD — AFIP-ARCA
Ley 11.683 (Ley de Procedimiento Tributario) — Resolución General AFIP 10/97 — Registro Único Tributario (RUT)
Fecha de solicitud: [Fecha Solicitud]
Datos del Contribuyente
DATOS DEL CONTRIBUYENTE
Nombre o Razón Social: [Contribuyente Nombre]
CUIT: [Cuit]
Domicilio Fiscal ante AFIP-ARCA: [Domicilio Fiscal]
Tipo de Contribuyente: [Tipo Contribuyente]
Régimen Tributario: [Regimen]
Trámite Solicitado
TRÁMITE SOLICITADO
Tipo de Trámite: [Tipo Tramite]
Código CLAE (Clasificador de Actividades Económicas — RG AFIP 3537/2013): [Codigo Clae]
Descripción de la Actividad: [Descripcion Actividad]
Carácter de la Actividad: [Caracter]
Fecha de Inicio / Cese de Actividad: [Fecha Tramite]
Motivo (para bajas): [Motivo Baja]
Datos del Responsable del Trámite
RESPONSABLE DEL TRÁMITE
Nombre del Responsable: [Responsable Nombre]
CUIT del Responsable: [Responsable Cuit]
El suscripto declara bajo juramento que los datos consignados en la presente solicitud son exactos y completos, y que la información se corresponde con la situación real del contribuyente ante AFIP-ARCA, conforme a la Ley 11.683 (Ley de Procedimiento Tributario, t.o. Decreto 821/1998) y la Resolución General AFIP 10/97.
Firma
FIRMA
Contribuyente o Representante Legal: [Contribuyente Nombre]
CUIT: [Cuit]
Firma: _________________________
Aclaración: _________________________
Carácter: _________________________
Contribuyente / Representante Legal
________________
Signature
Qué es Solicitud de Alta o Baja de Actividad AFIP-ARCA
La Solicitud de Alta o Baja de Actividad AFIP-ARCA en Argentina es la petición formal con la que una persona inicia el trámite ante el organismo público competente, conforme a Ley 11.683; AFIP-ARCA Res. Gral. 10/97.
El alta de actividad activa la obligación del contribuyente de presentar declaraciones juradas (DDJJ) y abonar los impuestos correspondientes según la naturaleza de la actividad económica declarada. La clasificación de las actividades se realiza conforme al Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) establecido por la Resolución General AFIP 3537/2013, que adapta el sistema internacional ISIC (Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas, Rev. 4) a la economía argentina y asigna un código de seis dígitos a cada tipo de actividad: comercial, industrial, de servicios, agropecuaria, profesional, o de otra naturaleza.
La baja de actividad, por su parte, es la comunicación al organismo del cese definitivo del ejercicio de una actividad económica que había sido declarada en el RUT. La baja de actividad no implica automáticamente la cancelación del CUIT ni la baja de los impuestos —esos trámites son independientes y deben gestionarse por separado si corresponde.
El trámite de alta o baja de actividad ante AFIP-ARCA se realiza íntegramente de forma online a través del portal afip.gob.ar con Clave Fiscal del contribuyente (mínimo nivel 2) o de su representante habilitado con acceso al servicio correspondiente. El sistema de AFIP/ARCA actualiza el padrón de contribuyentes en forma inmediata una vez confirmado el trámite.
La obligación de comunicar el inicio y el cese de actividad es de carácter general para todos los contribuyentes inscriptos ante AFIP, ya sea que tributen bajo el Régimen General (Impuesto a las Ganancias y IVA bajo las Leyes 20.628 y 23.349) o bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo, Ley 24.977). Para las sociedades comerciales —SRL, SA, SAS y otras formas societarias reguladas por la Ley General de Sociedades N.° 19.550— el alta de actividad en AFIP debe realizarse dentro de los diez días hábiles de la inscripción de la sociedad ante la Inspección General de Justicia (IGJ) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o ante el organismo registral provincial correspondiente.
Con la transformación de AFIP en ARCA mediante el Decreto N.° 953/2024, el portal y los servicios de alta y baja de actividad están siendo migrados gradualmente a la nueva denominación institucional ARCA, aunque el marco legal de la Ley 11.683 y la Resolución General 10/97 permanecen sin cambios sustanciales.
La Solicitud de Alta o Baja de Actividad AFIP-ARCA en Argentina es también el primer paso formal para la habilitación de la factura electrónica. Sin el alta de actividad registrada en el RUT del contribuyente, el portal de AFIP-ARCA no habilita la emisión de comprobantes fiscales electrónicos (facturas tipo A, B, C, M, o E) conforme a la Resolución General AFIP 4291/2018 —una restricción con impacto directo sobre la operatoria comercial cotidiana de todo emprendimiento en Argentina.
Cuándo necesitas Solicitud de Alta o Baja de Actividad AFIP-ARCA
La Solicitud de Alta de Actividad ante AFIP-ARCA en Argentina es necesaria en las siguientes situaciones.
Inicio de actividad económica independiente: toda persona humana que comience a ejercer una actividad económica por cuenta propia —comerciante, profesional liberal, artista, artesano, productor agropecuario, prestador de servicios, emprendedor digital— debe tramitar el alta de actividad en AFIP antes del inicio efectivo de la actividad. El alta de actividad es el paso previo necesario para emitir comprobantes fiscales (facturas o tickets fiscales) habilitados por AFIP, que son obligatorios para documentar todas las operaciones comerciales conforme al artículo 33 de la Ley 11.683.
Constitución de sociedad comercial: toda sociedad de responsabilidad limitada (SRL), sociedad anónima (SA), sociedad por acciones simplificada (SAS) u otra forma societaria regulada por la Ley General de Sociedades N.° 19.550 debe tramitar el alta de actividad en AFIP dentro de los diez días hábiles de su inscripción ante el organismo registral correspondiente (IGJ en CABA, Dirección Provincial de Personas Jurídicas en Provincia de Buenos Aires, etc.).
Incorporación de nueva actividad secundaria: un contribuyente ya inscripto en AFIP que comienza a ejercer una actividad económica adicional a la que ya tenía declarada como actividad principal —por ejemplo, un contador que además comienza a desarrollar software, o un comerciante minorista que además presta servicios de consultoría— debe incorporar la nueva actividad como actividad secundaria en el RUT mediante el trámite de alta de actividad.
Cambio de actividad principal: cuando el contribuyente cambia completamente su actividad económica —por ejemplo, de comercio minorista a prestación de servicios profesionales— debe dar de baja la actividad anterior como actividad principal y dar de alta la nueva.
La Solicitud de Baja de Actividad es necesaria en los siguientes casos: cese definitivo del ejercicio de la actividad económica (cierre del comercio, finalización del emprendimiento, jubilación del profesional, cumplimiento del objeto del proyecto); cambio de la actividad principal por otra que requiere baja de la actividad anterior y alta de la nueva; disolución y liquidación de la sociedad comercial; o cambio de régimen tributario que implica baja de la actividad bajo el régimen anterior.
Cambio de régimen de Monotributo a Régimen General: cuando el Monotributista supera los parámetros de la categoría máxima del Régimen Simplificado (Ley 24.977) y debe pasar al Régimen General de Responsable Inscripto ante el IVA y Ganancias, el alta de actividad bajo el Régimen General en AFIP se tramita simultáneamente con la baja del Monotributo. La Resolución General AFIP 2746/2010 y sus modificatorias regulan el procedimiento de recategorización y el cambio de régimen, que activa nuevas obligaciones formales: presentación de DDJJ de IVA mensual, DDJJ de Ganancias anual con anticipos mensuales, y DDJJ de Bienes Personales. El alta de actividad bajo el Régimen General es el punto de partida para estas nuevas obligaciones.
Qué incluir en tu Solicitud de Alta o Baja de Actividad AFIP-ARCA
Una Solicitud de Alta o Baja de Actividad ante AFIP-ARCA completa debe contener los siguientes elementos para facilitar el trámite en el portal de AFIP.
Identificación del contribuyente: CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X, nombre completo o razón social, domicilio fiscal declarado ante AFIP, y datos de contacto del responsable del trámite (correo electrónico del domicilio fiscal electrónico, teléfono de contacto).
Tipo de trámite: indicar claramente si se trata de un ALTA de actividad (inicio) o una BAJA de actividad (cese). En el caso de baja con simultánea alta de nueva actividad (cambio de actividad), indicar ambas operaciones.
Código de actividad CLAE: código de seis dígitos del Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) correspondiente a la actividad que se da de alta o de baja, conforme a la Resolución General AFIP 3537/2013. Descripción completa de la actividad según el CLAE.
Carácter de la actividad: indicar si la actividad que se da de alta es la actividad primaria (la que genera o generará la mayor parte de los ingresos del contribuyente) o una actividad secundaria. La actividad primaria determina los parámetros de categorización en el Monotributo y la escala de los anticipos de Ganancias.
Fecha de inicio o cese de actividad: fecha efectiva en que comenzó o cesó el ejercicio de la actividad. Para altas de actividad, la fecha no puede ser anterior a la fecha de inscripción del contribuyente en el RUT. Para bajas, la fecha de cese determina el período hasta el cual deben presentarse DDJJ.
Motivo de la baja (para solicitudes de baja): descripción del motivo del cese de actividad: cierre del comercio, fin del contrato, jubilación, cambio de actividad, disolución de la sociedad, u otro motivo relevante.
Domicilio fiscal electrónico vigente: el domicilio fiscal electrónico del contribuyente ante AFIP debe estar activo y con correo electrónico actualizado, ya que AFIP notifica a través del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) las resoluciones, intimaciones y comunicaciones relacionadas con el alta o baja de actividad. La Resolución General AFIP 2109/2006 y sus modificatorias regulan el domicilio fiscal y el DFE — las notificaciones enviadas al DFE tienen plena validez jurídica aunque el contribuyente no las lea. La actualización del correo del DFE se realiza en el servicio 'Domicilio Fiscal Electrónico' del portal de AFIP con Clave Fiscal.
Forms-legal.com ofrece este formulario de solicitud como guía de preparación para el trámite online de alta o baja de actividad ante AFIP-ARCA. El trámite efectivo debe realizarse en el portal afip.gob.ar con Clave Fiscal del contribuyente o de su representante habilitado. Complementá con la Solicitud de Constancia de Inscripción AFIP (ar-solicitud-constancia-inscripcion-afip) para verificar el estado registral actualizado tras el trámite.
Cómo completar tu Solicitud de Alta o Baja de Actividad AFIP-ARCA
Para completar correctamente la Solicitud de Alta o Baja de Actividad ante AFIP-ARCA en Argentina, seguí estos pasos.
Paso 1 — Determinar el código CLAE correcto: antes de iniciar el trámite, identificá el código de actividad que corresponde a tu actividad económica en el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) de la Resolución General AFIP 3537/2013. Podés usar el buscador de actividades del portal de AFIP ingresando palabras clave de tu actividad.
Paso 2 — Completar el formulario de esta herramienta: ingresá tu CUIT, nombre o razón social, tipo de trámite (alta o baja), código CLAE, carácter de la actividad (primaria o secundaria), y fecha de inicio o cese.
Paso 3 — Acceder al portal de AFIP: ingresar a afip.gob.ar con el CUIT y Clave Fiscal (mínimo nivel 2).
Paso 4 — Localizar el servicio registral: buscar el servicio 'Registro Tributario' o 'Sistema Registral' en el listado de servicios del portal. Seleccionar la opción correspondiente al trámite: 'Alta de Actividad' o 'Baja de Actividad'.
Paso 5 — Ingresar los datos del trámite: ingresar el código CLAE de la actividad, seleccionar si es actividad primaria o secundaria, e ingresar la fecha de inicio o cese.
Paso 6 — Confirmar el trámite: verificar los datos ingresados y confirmar. El sistema de AFIP actualiza el padrón del contribuyente en forma inmediata.
Paso 7 — Guardar el comprobante: descargar o imprimir el comprobante del trámite emitido por el sistema de AFIP/ARCA, que acredita la fecha y hora de la solicitud y el código de transacción. Este comprobante puede ser requerido por organismos provinciales o municipales como prueba del inicio o cese de actividad ante AFIP.
Paso 8 — Verificar el estado registral actualizado: acceder al servicio de Constancia de Inscripción de AFIP para verificar que la actividad queda registrada correctamente en el padrón del contribuyente con los datos actualizados.
Paso 9 — Actualizar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos provincial: el alta o baja de actividad ante AFIP es independiente del trámite ante los organismos de recaudación provincial. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la AGIP (Administración Gubernamental de Ingresos Públicos) gestiona el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) a través del portal agip.gob.ar. En la Provincia de Buenos Aires, ARBA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires) gestiona el IIBB provincial. Completado el alta ante AFIP-ARCA, corresponde tramitar el alta de actividad correspondiente en el IIBB provincial mediante el sistema del Convenio Multilateral (para contribuyentes con actividad en más de una provincia) o en forma directa ante cada organismo provincial.
Requisitos legales para Solicitud de Alta o Baja de Actividad AFIP-ARCA
La Alta o Baja de Actividad ante AFIP-ARCA en Argentina está regulada por los siguientes marcos legales.
Ley 11.683 (Ley de Procedimiento Tributario): establece las obligaciones registrales de los contribuyentes ante AFIP, incluyendo la obligación de comunicar el inicio y el cese de actividades económicas. El artículo 6 de la Ley 11.683 establece el deber de inscribirse en los registros habilitados por AFIP y mantener actualizados los datos registrales.
Resolución General AFIP 10/97 (Registro Único Tributario): regula el procedimiento de inscripción, modificación y baja de contribuyentes en el Registro Único Tributario (RUT) de AFIP. Establece los plazos para comunicar el inicio de actividad (antes del inicio efectivo de las operaciones) y el cese de actividad (dentro del plazo que establezca la resolución general aplicable).
Resolución General AFIP 3537/2013 (CLAE): establece el Clasificador de Actividades Económicas utilizado por AFIP para categorizar las actividades de los contribuyentes, con vigencia desde el 1.° de enero de 2013.
Obligaciones formales vinculadas: el alta de actividad habilita al contribuyente para solicitar autorización de emisión de comprobantes fiscales electrónicos (facturas electrónicas, recibos, notas de débito y crédito) conforme a la Resolución General AFIP 4291/2018 y normativa complementaria. Sin el alta de actividad en AFIP, el contribuyente no puede emitir comprobantes fiscales válidos.
Decreto N.° 953/2024 — Transformación en ARCA: el Decreto N.° 953/2024 transformó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Los procedimientos de alta y baja de actividad continúan rigiéndose por la Ley 11.683 y la Resolución General 10/97 sin modificaciones sustanciales, aunque los servicios digitales se están migrando progresivamente a la nueva denominación ARCA en el portal institucional.
Sanciones: el incumplimiento de las obligaciones de comunicar el alta o baja de actividad puede generar multas bajo el artículo 40 de la Ley 11.683, que autoriza sanciones desde clausura de establecimiento hasta multas económicas cuyo monto actualizado AFIP/ARCA establece periódicamente.
Errores comunes a evitar en tu Solicitud de Alta o Baja de Actividad AFIP-ARCA
Los errores más frecuentes al tramitar el alta o baja de actividad ante AFIP-ARCA en Argentina son los siguientes.
Elegir un código CLAE incorrecto: seleccionar un código de actividad que no corresponde exactamente a la actividad económica real del contribuyente puede generar inconsistencias entre la actividad declarada ante AFIP y las actividades declaradas ante organismos provinciales (ARBA, AGIP, Rentas provinciales) para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB). Verificar siempre el código CLAE correcto en el buscador del portal de AFIP antes de confirmar el alta.
Iniciar actividad sin tramitar el alta en AFIP: comenzar a emitir facturas o a ejercer actividad comercial sin haber completado el alta de actividad en AFIP genera infracciones formales bajo el artículo 40 de la Ley 11.683, con riesgo de multas y clausura del establecimiento.
No tramitar la baja de actividad al cesar: continuar figurando en AFIP con una actividad que ya no se ejerce genera la obligación de presentar DDJJ en cero (presentaciones vacías) o genera multas automáticas por omisión de presentación si no se realizan esas presentaciones. La baja de actividad debe tramitarse dentro del plazo establecido desde el cese efectivo.
Confundir la baja de actividad con la baja total del CUIT: la baja de una actividad específica es diferente a la cancelación del CUIT. Si el contribuyente cesa en todas sus actividades y desea cancelar su CUIT, debe tramitar la baja total siguiendo el procedimiento específico de la Resolución General AFIP 10/97, que incluye requisitos adicionales (presentación de todas las DDJJ, ausencia de deudas, baja de empleados, etc.).
No actualizar la actividad en los organismos provinciales: el alta o baja de actividad ante AFIP es independiente del trámite ante los organismos provinciales de recaudación (ARBA en Provincia de Buenos Aires, AGIP en CABA, Rentas en otras provincias) para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Deben tramitarse ambos trámites en forma separada.
No descargar ni conservar el comprobante del trámite: una vez completado el alta o baja de actividad en el portal de AFIP-ARCA, el sistema genera un comprobante con código de transacción y fecha y hora del trámite. Muchos contribuyentes no descargan ese comprobante, quedando sin respaldo documental si AFIP cuestiona luego la fecha del inicio o cese de actividad. El comprobante del trámite es el medio de prueba ante el organismo recaudador, organismos provinciales como ARBA o AGIP, y ante los juzgados contencioso administrativos en caso de controversia.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 11.683AR official
- Ley 24.977AR official
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Alta o Baja de Actividad AFIP-ARCA (Argentina) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/argentina/government/tax-forms/solicitud-alta-baja-afip-actividad-argentina
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}Preguntas Frecuentes
El alta de actividad ante AFIP-ARCA (Administración Federal de Ingresos Públicos, actualmente denominada ARCA bajo el Decreto N.° 953/2024) es el trámite mediante el cual un contribuyente —persona humana o jurídica— comunica al organismo recaudador nacional el inicio de una actividad económica gravada por los impuestos administrados por AFIP/ARCA: Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto sobre los Bienes Personales, Recursos de la Seguridad Social, Monotributo, entre otros. Su fundamento legal se encuentra en la Ley 11.683 (Ley de Procedimiento Tributario, texto ordenado por Decreto 821/1998 y sus modificatorias) y en la Resolución General AFIP 10/97, que regula el Registro Único Tributario (RUT) y los procedimientos de inscripción, modificación y baja de contribuyentes. El alta de actividad es el trámite que activa la obligación del contribuyente de presentar declaraciones juradas (DDJJ) y abonar los impuestos que correspondan según su actividad económica declarada, clasificada conforme al Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) establecido por la Resolución General AFIP 3537/2013. Para los contribuyentes que tributan como Monotributistas bajo la Ley 24.977 (Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes), el alta de actividad se realiza simultáneamente con la inscripción en el Monotributo. Para los contribuyentes del régimen general (Responsables Inscriptos en IVA, Responsables No Inscriptos o Exentos), el alta de actividad puede realizarse para cada nueva actividad económica que el contribuyente inicie, ya sea que se trate de una actividad primaria o de actividades secundarias que generan ingresos adicionales.
El alta de actividad ante AFIP-ARCA en Argentina se tramita íntegramente de forma online a través del portal afip.gob.ar con Clave Fiscal del contribuyente (mínimo nivel 2). Los pasos son: (1) Acceder a afip.gob.ar con el CUIT y Clave Fiscal. (2) Ingresar al servicio 'Registro Tributario' o 'Sistema Registral' (la denominación puede variar según las actualizaciones del portal de ARCA). (3) Seleccionar la opción 'Alta de Actividad' o 'Incorporar Actividad'. (4) Buscar el código de actividad en el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) de la Resolución General AFIP 3537/2013. El CLAE utiliza el sistema internacional ISIC adaptado a Argentina: por ejemplo, código 620000 para Desarrollo de sistemas informáticos, código 471100 para Comercio al por menor en supermercados, código 412000 para Construcción de edificios residenciales. (5) Indicar la fecha de inicio de la actividad —que no puede ser anterior a la fecha de inscripción del contribuyente en el RUT—. (6) Seleccionar si la actividad es la actividad principal (la que genera mayores ingresos) o una actividad secundaria (actividad adicional). (7) Confirmar los datos y guardar. El sistema de AFIP/ARCA actualiza el padrón del contribuyente en forma inmediata. La nueva actividad queda habilitada para la presentación de DDJJ y el pago de impuestos. Si el alta de actividad implica la incorporación a un nuevo impuesto (por ejemplo, el contribuyente pasa a ser Responsable Inscripto en IVA), debe seguir adicionalmente el proceso de inscripción en ese impuesto.
La baja de actividad ante AFIP-ARCA es el trámite mediante el cual el contribuyente comunica al organismo el cese definitivo de una actividad económica que había sido declarada como actividad primaria o secundaria en el Registro Tributario. Conforme a la Ley 11.683 (Ley de Procedimiento Tributario) y la Resolución General AFIP 10/97, el contribuyente tiene la obligación de comunicar la baja de actividad dentro del plazo que establezca la normativa aplicable una vez que ha cesado en el ejercicio de esa actividad. La baja de actividad corresponde en los siguientes casos: cese total del ejercicio de la actividad económica (cierre del comercio, disolución de la sociedad, jubilación del profesional, liquidación del emprendimiento); cambio de la actividad principal por otra distinta que requiere modificación de la actividad declarada en el RUT; cumplimiento del objeto del contrato o proyecto para el cual el contribuyente se había inscripto en una actividad específica; transformación del tipo societario o cambio de régimen tributario que implica la baja de la actividad anterior y alta de la actividad bajo el nuevo régimen. La baja de actividad en AFIP no implica automáticamente la baja de los impuestos a los que el contribuyente está inscripto —esos trámites deben gestionarse por separado. Si el contribuyente cesa en la totalidad de sus actividades económicas, debe gestionar la baja total en el RUT de AFIP, lo que implica la cancelación de la CUIT, previa verificación de que no tiene deudas impositivas, fiscales ni previsionales pendientes ante el organismo.
El Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) de AFIP-ARCA, establecido por la Resolución General AFIP 3537/2013, clasifica las actividades económicas en secciones, divisiones, grupos y clases de seis dígitos basadas en el sistema internacional de clasificación ISIC (Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas, Rev. 4) adaptado a la economía argentina. Para determinar el código CLAE correcto para su actividad, puede utilizar el buscador de actividades disponible en el portal de AFIP (afip.gob.ar) —ingresando palabras clave de su actividad, el buscador muestra los códigos CLAE candidatos con sus descripciones. Algunos ejemplos de códigos CLAE frecuentes: 011000 (Cultivo de cereales, oleaginosas y forrajeras), 011200 (Cultivo de frutas), 181100 (Impresión y servicios conexos), 412000 (Construcción de edificios residenciales), 451100 (Venta al por mayor de vehículos automotores), 471100 (Comercio al por menor en supermercados y almacenes no especializados), 620000 (Desarrollo y mantenimiento de software y actividades informáticas), 691000 (Servicios jurídicos), 692000 (Actividades de contabilidad, auditoría y asesoría fiscal), 702000 (Consultoría de gestión empresarial), 861000 (Servicios de atención de la salud humana), 891000 (Enseñanza preescolar y primaria), 960100 (Peluquería y otros tratamientos de belleza). Si su actividad no tiene un código específico, se utiliza el código de la sección más próxima con el sufijo '0000' o '9000' según el clasificador. Para actividades nuevas o no contempladas en el CLAE, puede consultarse la mesa de ayuda de AFIP/ARCA.
El incumplimiento de la obligación de comunicar el alta o baja de actividad ante AFIP-ARCA en Argentina puede generar consecuencias sancionatorias y administrativas bajo la Ley 11.683 (Ley de Procedimiento Tributario). Si el contribuyente no comunica el alta de actividad en el plazo correspondiente y ejerce actividad económica sin haberla declarado ante AFIP, puede ser objeto de: multa por omisión de inscripción o modificación registral bajo el artículo 40 de la Ley 11.683 (multas que pueden ir desde el mínimo de $200.000 hasta valores actualizados por las disposiciones de AFIP vigentes); determinación de oficio de las obligaciones tributarias correspondientes a la actividad no declarada, con los intereses resarcitorios del artículo 37 de la Ley 11.683; y —en casos de ocultamiento doloso de actividad— denuncia penal por evasión fiscal bajo la Ley 27.430 (Ley Penal Tributaria) si el monto evadido supera los umbrales de punibilidad vigentes. Si el contribuyente no comunica la baja de actividad cuando ha cesado en el ejercicio de la misma, AFIP/ARCA continuará requiriéndole la presentación de declaraciones juradas (DDJJ) y el pago de anticipos como si siguiera ejerciendo la actividad, generando multas por omisión de presentación de DDJJ bajo el artículo 38 de la Ley 11.683. La regularización de la situación puede realizarse en cualquier momento mediante la presentación espontánea ante AFIP, con pago de las multas reducidas y los intereses correspondientes.
El alta de actividad ante AFIP-ARCA tiene procedimientos diferenciados según el régimen tributario del contribuyente. Para los Monotributistas inscriptos bajo la Ley 24.977 (Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y sus modificatorias), el alta de actividad se realiza simultáneamente con la inscripción en el Monotributo o mediante la incorporación de una nueva actividad en el sistema de Monotributo del portal de AFIP. El Monotributo admite una actividad principal y actividades secundarias; el clasificador utilizado es el CLAE de la Resolución General AFIP 3537/2013. La categoría del Monotributo (A a K) se determina por los ingresos brutos anuales y el tipo de actividad (servicios o venta de cosas muebles), con independencia de cuántas actividades declare el contribuyente. Para los contribuyentes del Régimen General inscriptos en IVA (Responsables Inscriptos bajo la Ley 23.349 del IVA y en Ganancias bajo la Ley 20.628), el alta de actividad se tramita en el servicio 'Sistema Registral' del portal de AFIP. Un contribuyente del Régimen General puede declarar múltiples actividades (primaria y secundarias). Si el alta de actividad implica el inicio de una actividad de importación/exportación, adicionalmente debe tramitarse la inscripción en el Registro de Importadores y Exportadores de AFIP. Para las sociedades comerciales (SRL, SA, SAS, sociedades de hecho) inscriptas ante la Inspección General de Justicia (IGJ) o los registros provinciales, el alta de actividad en AFIP debe realizarse dentro del plazo de diez días hábiles de la inscripción registral de la sociedad, conforme a la Resolución General AFIP 10/97.
La baja total de un contribuyente en AFIP-ARCA —que implica la cancelación definitiva de su CUIT— es un trámite más complejo que la simple baja de actividad, y está regulado por la Resolución General AFIP 10/97 y sus modificatorias. La baja total corresponde cuando el contribuyente cesa definitivamente en la totalidad de sus actividades económicas: cierre de empresa sin continuidad, fallecimiento de persona humana (baja de oficio por ANSES y RENAPER), disolución y liquidación total de sociedad. Los requisitos previos para la baja total del CUIT son: haber presentado todas las declaraciones juradas (DDJJ) vencidas hasta la fecha de solicitud; no registrar deudas impositivas, previsionales ni aduaneras ante AFIP (o haberlas regularizado mediante plan de pago); haber dado de baja todos los empleados en relación de dependencia (baja en el sistema de remuneraciones de AFIP) si el contribuyente fue empleador; haber dado de baja todos los locales y establecimientos declarados ante AFIP; y haber cancelado los comprobantes electrónicos (facturas) no utilizados. El trámite se inicia en el portal afip.gob.ar con Clave Fiscal mediante el servicio 'Sistema Registral', opción 'Baja de Contribuyente'. En casos complejos (liquidación de sociedades, quiebras, fallecidos con herencia indivisa), la baja de CUIT se tramita presencialmente en la dependencia de AFIP del domicilio fiscal con la documentación correspondiente (acta de disolución, declaratoria de herederos, testimonio de sentencia de quiebra, según el caso).
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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