Solicitud de Licencia de Actividad (España)
SOLICITUD DE LICENCIA DE ACTIVIDAD
Activity Licence Application
Ley 17/2009, de 23 de noviembre (Ley Paraguas), Artículo 5
AL AYUNTAMIENTO DE [Municipality]
Concejalía de Urbanismo / Concejalía de Actividades
1. DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre / Razón Social: [Applicant Name]
NIF / NIE / CIF: [Applicant NIF]
Domicilio: [Applicant Address]
Teléfono: [Applicant Phone]
Correo Electrónico: [Applicant Email]
2. DATOS DEL LOCAL / ESTABLECIMIENTO
Dirección del Local: [Premises Address]
Referencia Catastral: [Cadastral Reference]
Superficie Útil: [Premises Area] m²
Título de Uso del Local: [Premises Title]
3. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
Descripción de la Actividad: [Activity Description]
Código CNAE: [CNAE Code]
Horario de Apertura: [Operating Hours]
Aforo Máximo: [Max Occupancy] personas
Clasificación de la Actividad: [Activity Category]
4. FUNDAMENTO LEGAL
La presente solicitud se fundamenta en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Paraguas), Artículo 5, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La actividad reúne las condiciones técnicas, urbanísticas, ambientales y de seguridad exigibles conforme a la normativa aplicable.
5. DOCUMENTACIÓN APORTADA
Se adjunta la siguiente documentación: (1) Memoria técnica / Proyecto técnico de actividad firmado por técnico competente; (2) Plano de situación y plano de planta del local; (3) Título de uso del local (escritura de propiedad o contrato de arrendamiento); (4) Justificante de pago de la tasa municipal correspondiente; (5) Demás documentación exigida por la Ordenanza Municipal de Actividades del Ayuntamiento de [Municipality].
6. SOLICITUD
Por todo lo expuesto, el solicitante SOLICITA que, previos los trámites oportunos, se conceda la Licencia de Actividad para el ejercicio de la actividad descrita en el local indicado, de conformidad con la normativa vigente.
En [Municipality], a [Submission Date].
Firmado: [Applicant Name]
NIF / NIE / CIF: [Applicant NIF]
Firma: _________________________
Applicant / Legal Representative
________________
Signature
Qué es Solicitud de Licencia de Actividad (España)
La Solicitud de Licencia de Actividad es, en España, el escrito dirigido al organismo o autoridad competente regulado por Ley 17/2009, de 23 de noviembre (Ley Paraguas), art. 5, mediante el que el interesado insta la tramitación de un procedimiento.
La Ley Paraguas y su ley complementaria, la Ley 25/2009, de 22 de diciembre (Ley Ómnibus), reformaron el sistema municipal de licencias en España sustituyendo la tradicional licencia de apertura por procedimientos diferenciados según el impacto ambiental y de seguridad de cada actividad. En la mayoría de las Comunidades Autónomas existen actualmente tres modalidades principales: (1) actividades inocuas —de bajo impacto, como pequeñas oficinas, locales de venta minorista de menos de 300 m² y servicios personales—, que en muchos municipios solo requieren una declaración responsable o comunicación previa; (2) actividades calificadas —con impacto significativo en materia de ruido, contaminación o seguridad—, que exigen una licencia ambiental o licencia de actividad con inspección previa; y (3) actividades con incidencia ambiental, que requieren coordinación con la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
La solicitud de licencia de actividad inicia el procedimiento municipal de licencias regulado por la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL) y el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (Decreto de 17 de junio de 1955, aún parcialmente vigente), así como la ordenanza municipal de actividades del Ayuntamiento donde se ubica el local. Las actividades sujetas a autorización ambiental previa conforme a la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental o a normativa sectorial específica —como manipulación de alimentos (Real Decreto 191/2011), servicios sanitarios (Ley 14/1986 General de Sanidad) o servicios financieros— requieren permisos sectoriales adicionales de la Administración competente, con carácter previo o simultáneo a la licencia municipal.
La autoridad competente para otorgar la licencia de actividad es normalmente la Concejalía de Urbanismo o la Concejalía de Actividades del Ayuntamiento correspondiente. Para las actividades calificadas que requieren autorización supramunicipal, la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma o el organismo equivalente participa en el procedimiento de autorización. El solicitante debe acompañar la solicitud de un proyecto técnico de actividad firmado por un técnico competente, una memoria descriptiva y anexos técnicos sobre protección contra incendios (CTE DB-SI), accesibilidad (Real Decreto Legislativo 1/2013) y controles ambientales.
El procedimiento administrativo se rige por la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común (LPAC). El Ayuntamiento debe resolver la solicitud en el plazo establecido en su ordenanza municipal (habitualmente entre 1 y 6 meses según el tipo de actividad) y dictar una resolución expresa. El incumplimiento del plazo determina el silencio administrativo positivo para la mayoría de las actividades comerciales conforme al Artículo 24 LPAC, aunque para actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental el Tribunal Supremo ha declarado que el silencio no puede otorgar derechos contrarios al ordenamiento jurídico (silencio negativo). La licencia de actividad concedida debe ir seguida de una licencia de apertura o comunicación previa de apertura antes de iniciar la actividad.
Las Comunidades Autónomas han aprobado su propia normativa de licencias de actividad complementaria al marco nacional. Entre los ejemplos más destacados figuran la Llei 20/2009 de prevenció i control ambiental de les activitats (Cataluña), la Ley 7/2022 de Actividades Clasificadas y Comunicadas de Andalucía y la Ordenanza de Actividades Económicas del Ayuntamiento de Madrid (2018), cada una con procedimientos, requisitos técnicos y tasas propios.
Cuándo necesitas Solicitud de Licencia de Actividad (España)
La Solicitud de Licencia de Actividad en España es necesaria cuando una persona física (autónomo) o jurídica (sociedad limitada, sociedad anónima o cooperativa) pretende iniciar una actividad comercial, industrial, artesanal o de servicios desde un local fijo en España, y la actividad y el municipio en cuestión exigen autorización administrativa previa conforme a la ordenanza municipal aplicable y la normativa autonómica de actividades.
La licencia de actividad es necesaria para abrir una tienda al por menor, restaurante, cafetería, bar, taller, fábrica, almacén, clínica dental, centro de fisioterapia, gimnasio, salón de belleza o cualquier otro local comercial o de servicios al que acceda el público, o en el que se lleven a cabo actividades de producción, almacenamiento o procesamiento.
La solicitud es preceptiva antes de desarrollar actividades clasificadas como actividades calificadas, entre ellas las que generan emisiones acústicas significativas (según los umbrales establecidos por la Ley 37/2003 del Ruido y sus transposiciones autonómicas), procesos industriales con emisiones atmosféricas conforme al Real Decreto 102/2011, almacenamiento de sustancias peligrosas según el Real Decreto 840/2015, o actividades con gran afluencia de público que exigen medidas reforzadas de protección contra incendios conforme al CTE DB-SI.
Se requiere una nueva Solicitud de Licencia de Actividad cuando una actividad ya autorizada experimenta cambios sustanciales, como cambio de actividad, ampliación significativa de la superficie útil, instalación de nueva maquinaria o equipos que generen ruido o emisiones adicionales, o cambio de la entidad jurídica titular de la licencia. Los cambios menores que no alteran la categoría de clasificación de la actividad pueden regularizarse mediante una simple comunicación de modificación.
La solicitud es necesaria cuando se produce un cambio de uso de un local residencial a uso comercial, que requiere autorización urbanística previa (cambio de uso urbanístico) de la Concejalía de Urbanismo, conforme al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) o Plan Parcial aplicable, además de la propia licencia de actividad. El procedimiento combinado urbanístico y de actividades garantiza que los nuevos usos comerciales cumplen con la zonificación y los parámetros de densidad establecidos en la Ley de Suelo (Real Decreto Legislativo 7/2015).
La solicitud también es necesaria cuando una empresa extranjera (comunitaria o extracomunitaria) establece una sucursal, oficina de representación o local operativo en España. La entidad extranjera debe inscribirse en el Registro Mercantil conforme a los artículos 295 a 310 del Reglamento del Registro Mercantil, obtener un NIF para no residentes de la AEAT y, a continuación, solicitar la licencia de actividad del mismo modo que una entidad doméstica.
En el ordenamiento jurídico español, la Constitución Española de 1978 es la norma suprema. El Código Civil regula las obligaciones contractuales en virtud del Artículo 1255 (libertad de pactos). La AEAT administra la tributación. Los Juzgados de Primera Instancia tienen jurisdicción civil general. La Ley 39/2015 regula el procedimiento administrativo. La LOPDGDD (LO 3/2018) y el RGPD regulan la protección de datos a través de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Qué incluir en tu Solicitud de Licencia de Actividad (España)
Una Solicitud de Licencia de Actividad válida en España, al amparo del Artículo 5 de la Ley 17/2009, debe contener los siguientes elementos esenciales para que el Ayuntamiento competente la tramite y cumpla con los requisitos de la Ley 39/2015 LPAC.
Identificación del solicitante: nombre completo o denominación social, NIF o CIF, domicilio social o fiscal y datos de contacto. Si actúa un representante, deben constar su NIF y el título de representación (poder notarial o apoderamiento ante la AEAT). Las personas jurídicas deben aportar los datos de inscripción en el Registro Mercantil, incluida la escritura de constitución y la escritura de apoderamiento del representante legal.
Descripción del local: dirección municipal completa (calle, número, planta, puerta, código postal) y referencia catastral del Catastro Inmobiliario conforme al Real Decreto Legislativo 1/2004. Superficie útil en m², categoría de uso según el PGOU municipal y título jurídico que ampara el uso del local (propiedad, arrendamiento u otro).
Descripción de la actividad: descripción precisa de la actividad comercial o industrial, código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas), horario de apertura y cierre, aforo máximo y número de empleados. La descripción debe coincidir con la clasificación de la actividad en la ordenanza municipal y el CNAE aplicable.
Proyecto técnico: memoria técnica o proyecto técnico de actividad firmado y sellado por un arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero competente, que describa los elementos estructurales, las medidas de protección contra incendios (CTE DB-SI), las vías de evacuación, las disposiciones de accesibilidad (RD Legislativo 1/2013), el aislamiento acústico (DB-HR), la ventilación y la instalación eléctrica. El proyecto debe cumplir el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT — Real Decreto 842/2002) y cualquier normativa sectorial aplicable.
Certificados ambientales y de seguridad: para las actividades calificadas, autorización ambiental integrada o licencia ambiental expedida por la Consejería de Medio Ambiente, informe favorable del Servicio de Bomberos y certificado de conformidad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social conforme a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Pago de tasas: justificante del pago de la tasa municipal por tramitación de licencias de actividad, calculada según la Ordenanza Fiscal Municipal. Los importes varían considerablemente según el municipio; la Ordenanza Fiscal General del Ayuntamiento de Madrid para 2024 establece tarifas en función del valor estimado de la inversión.
Ley aplicable y jurisdicción: la licencia de actividad es un acto administrativo regulado por la Ley 39/2015 LPAC, susceptible de recurso de reposición ante el Ayuntamiento (plazo de un mes conforme al Artículo 123 LPAC) y recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo al amparo de la Ley 29/1998 (plazo de dos meses desde la notificación de la resolución).
Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Solicitud de Licencia de Actividad en España como punto de partida práctico. Los requisitos de licencias de actividad varían significativamente entre Comunidades Autónomas y municipios. Los solicitantes deben consultar la ordenanza de actividades del Ayuntamiento correspondiente y recabar asesoramiento de un gestor administrativo o abogado administrativista cualificado antes de presentar la solicitud.
Procedimiento postresolución: una vez concedida la licencia de actividad, el titular debe solicitar la licencia de apertura o presentar la comunicación previa de apertura ante el Ayuntamiento antes de iniciar la actividad. Cualquier modificación sustancial de la actividad — cambio de uso, ampliación de superficie o instalación de nueva maquinaria generadora de ruido o emisiones — requiere una nueva solicitud o, como mínimo, una comunicación de modificación. Los incumplimientos de las condiciones de la licencia pueden dar lugar a sanciones conforme al régimen disciplinario urbanístico y ambiental autonómico, incluida la clausura cautelar del establecimiento. Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Solicitud de Licencia de Actividad como orientación inicial; siempre se recomienda el asesoramiento de un gestor administrativo o abogado especializado en derecho administrativo antes de la presentación. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Licencia de Actividad (España) (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/government/declarations/solicitud-licencia-actividad-espana
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}Preguntas Frecuentes
La licencia de actividad autoriza el uso de un local determinado para una actividad comercial o industrial concreta, e implica verificar que el local y la actividad proyectada cumplen con los requisitos urbanísticos, ambientales, de protección contra incendios y de accesibilidad. La licencia de apertura autorizaba históricamente el inicio efectivo de la actividad una vez acondicionado el local, confirmando que la instalación física se ajustaba al proyecto de la licencia de actividad. Tras las reformas de 2009 de la Ley Paraguas y la Ley Ómnibus, que implementan la Directiva 2006/123/CE, muchos municipios españoles han fusionado o simplificado estos dos procedimientos. Para las actividades inocuas, una sola declaración responsable o comunicación previa es suficiente en la mayoría de los municipios. Para las actividades calificadas, el procedimiento tradicional de dos pasos —licencia de actividad seguida de licencia de apertura— suele seguir vigente. Los solicitantes deben consultar la ordenanza de actividades del Ayuntamiento correspondiente, ya que la práctica varía considerablemente entre los más de 8.000 municipios españoles.
Los plazos de tramitación de una licencia de actividad en España varían significativamente según el municipio, el tipo de actividad y la complejidad del proyecto técnico. Para las actividades inocuas presentadas mediante declaración responsable o comunicación previa, el solicitante puede en principio iniciar la actividad de forma inmediata tras la presentación, sin perjuicio de la posterior inspección municipal. Para las actividades calificadas que requieren autorización previa completa, los plazos de tramitación municipal oscilan habitualmente entre 1 y 6 meses, aunque los casos complejos que implican evaluación de impacto ambiental conforme a la Ley 21/2013, coordinación con la Consejería de Medio Ambiente o períodos de información pública para determinadas instalaciones IPPC conforme a la Ley 5/2013 pueden prolongarse hasta 12 o 18 meses. Conforme al artículo 24 de la Ley 39/2015 LPAC, el silencio administrativo transcurrido el plazo legal genera en general una resolución positiva (silencio positivo), lo que permite iniciar la actividad; pero esta regla no se aplica cuando la actividad requiere autorización ambiental, cuando el silencio otorgaría derechos contrarios a derecho, o cuando la normativa de la Comunidad Autónoma dispone expresamente lo contrario.
Tras las reformas de la Ley Paraguas (Ley 17/2009) y la Ley Ómnibus (Ley 25/2009), el régimen municipal de licencias en España distingue entre actividades que requieren autorización previa completa (licencia de actividad) y las que pueden acogerse a procedimientos simplificados. Las actividades que habitualmente requieren licencia de actividad completa son: las actividades calificadas que generan ruidos, vibraciones o emisiones atmosféricas significativas; las instalaciones industriales con impacto ambiental conforme a la Ley 5/2013 de prevención y control integrados de la contaminación (IPPC); las actividades que implican almacenamiento o manipulación de sustancias peligrosas conforme al Real Decreto 840/2015; los grandes establecimientos comerciales que superan los umbrales establecidos por cada Comunidad Autónoma; los centros sanitarios amparados en la Ley 14/1986 General de Sanidad; y las instalaciones de elaboración de alimentos que requieren inscripción previa en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA). Los umbrales y las clasificaciones precisas varían según la Comunidad Autónoma; Cataluña, Andalucía, Madrid y Valencia tienen sistemas de clasificación de actividades propios.
Sí. La licencia de actividad en España se otorga generalmente para un local y una actividad concretos, y no tiene carácter estrictamente personal, por lo que puede transmitirse al nuevo titular o arrendatario que continúe la misma actividad en el mismo local. El procedimiento de transmisión (transmisión de licencia o subrogación en la licencia) requiere presentar ante el Ayuntamiento una comunicación formal o solicitud de transmisión, en la que se acredite la identidad del nuevo operador, su asunción de todas las condiciones de la licencia original y la confirmación de que la actividad y la configuración del local no han variado. Algunos municipios exigen un certificado de protección contra incendios actualizado o un informe ambiental que acredite el cumplimiento continuado. Si el nuevo operador pretende modificar la actividad, aunque sea parcialmente, deberá presentar una nueva solicitud de licencia de actividad. El procedimiento de transmisión específico se establece en la ordenanza municipal de actividades de cada Ayuntamiento; la Ordenanza de Actividades Económicas de Madrid de 2018 prevé un procedimiento de transmisión en línea simplificado a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
El ejercicio de una actividad comercial o industrial en España sin la licencia de actividad preceptiva constituye una infracción administrativa conforme a la ordenanza municipal aplicable y a la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL). Los inspectores municipales (policía local, inspección de actividades o servicio de disciplina urbanística) pueden ordenar la suspensión inmediata (clausura provisional) de las actividades no autorizadas e incoar expediente sancionador. Las multas varían según el municipio y el tipo de actividad; en Madrid, las sanciones por ejercer una actividad sin licencia conforme a la Ordenanza de Actividades Económicas oscilan entre 601 y 30.050 euros según la categoría de gravedad. Continuar la actividad tras una orden de clausura constituye una infracción más grave, con sanciones más elevadas. Para las actividades calificadas que causan daños ambientales, pueden aplicarse sanciones adicionales conforme a la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, incluidas obligaciones de remediación y responsabilidad civil. La responsabilidad penal conforme a los artículos 325 a 331 del Código Penal (delitos contra el medio ambiente) puede surgir cuando la actividad no autorizada cause daños ambientales graves.
La solicitud de licencia de actividad en España para actividades clasificadas que requieren autorización previa debe ir acompañada de un proyecto técnico o memoria técnica elaborado y firmado por un profesional competente, habitualmente un arquitecto, arquitecto técnico (aparejador) o ingeniero según el tipo de actividad. El proyecto técnico debe incluir: descripción detallada de la actividad y del proceso industrial (si procede); planos de planta, alzado y sección del local con sus dimensiones y usos; cumplimiento estructural del Código Técnico de la Edificación (CTE), en sus documentos básicos de seguridad en caso de incendio (DB-SI), aislamiento acústico (DB-HR), seguridad de utilización y accesibilidad (DB-SUA) y seguridad estructural (DB-SE); conformidad de la instalación eléctrica con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT — Real Decreto 842/2002); sistemas de climatización y ventilación; y, para negocios de alimentación, cumplimiento del Reglamento (CE) 852/2004 sobre higiene de los productos alimenticios. En muchas Comunidades Autónomas, el proyecto técnico debe ser visado por el colegio profesional correspondiente (Colegio de Arquitectos, Colegio de Ingenieros) antes de su presentación, aunque la Ley 25/2009 ha relajado los requisitos de visado.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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