Contrato de Seguro Automotriz Chile
DFL 251/1931 — C.Com Arts. 512–601 — Ley N° 18.490 (SOAP) — CMF NCG N° 306
CONTRATO DE SEGURO AUTOMOTRIZ
Vehicle Insurance Contract — Chile
DFL 251/1931 | C.Com Arts. 512–601 (Ley N° 20.667/2013) | Ley N° 18.490 (SOAP) | CMF NCG N° 306
Póliza N°: [Policy Number] Fecha de emisión: [Issue Date]
I. ASEGURADOR / INSURER
Razón Social: [Insurer Name] RUT: [Insurer RUT]
Autorizado por la CMF — Grupo I (Seguros Generales) — DFL 251/1931 Art. 4. / CMF-authorized — Group I (General Insurance).
II. ASEGURADO / INSURED
Nombre: [Insured Name] RUT: [Insured RUT]
Domicilio: [Insured Address]
Número de Licencia de Conducir: [License Number]
III. VEHÍCULO ASEGURADO / INSURED VEHICLE
Marca / Make: [Vehicle Make] Modelo / Model: [Vehicle Model] Año / Year: [Vehicle Year]
Patente (PPU) / License plate: [Vehicle Plate] VIN: [Vehicle VIN]
Uso del vehículo / Vehicle use: [Vehicle Use]
Valor de mercado (Guía Automotriz) / Market value: [Vehicle Value]
IV. COBERTURA / COVERAGE
Nivel de cobertura / Coverage tier: [Coverage Tier]
Suma asegurada / Sum insured: [Sum Insured]
Deducible por colisión / Collision deductible: [Deductible]
Límite de responsabilidad civil / Civil liability limit: [Civil Liability Limit]
Vigencia / Coverage period: [Coverage Start] al/to [Coverage End]
Pérdida total: Se declara pérdida total cuando el costo de reparación supere el 75% de la suma asegurada. / Total loss: Declared when repair cost exceeds 75% of the sum insured.
V. SOAP — SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES PERSONALES (LEY N° 18.490)
Póliza SOAP N° / SOAP policy number: [SOAP Policy Number] Vencimiento / Expiry: [SOAP Expiry]
El SOAP cubre: Muerte (300 UF/persona), Invalidez Permanente (300 UF/persona), Gastos Médicos (300 UF/persona) por accidente, sin importar la culpa (responsabilidad objetiva). / SOAP covers: Death (300 UF/person), Permanent Disability (300 UF/person), Medical Expenses (300 UF/person) per accident, regardless of fault (no-fault liability).
VI. PRIMA / PREMIUM
Prima anual / Annual premium: [Premium Amount] Frecuencia de pago / Payment frequency: [Premium Frequency]
VII. DISPOSICIONES LEGALES / LEGAL PROVISIONS
Deber de declaración (C.Com Art. 524): El asegurado declara haber proporcionado información veraz sobre el vehículo, su historial de accidentes, infracciones y uso. / Duty of disclosure (C.Com Art. 524): The insured declares all vehicle information, accident history, violations, and use have been truthfully disclosed.
Denuncia de siniestro: En caso de accidente, notifique a Carabineros de Chile (133) de inmediato y al asegurador dentro del plazo estipulado en la póliza. / Claim notification: In case of accident, notify Carabineros de Chile (133) immediately and the insurer within the policy's stipulated timeframe.
Liquidación (C.Com Art. 570): El asegurador debe pagar el siniestro dentro de los 45 días calendario de recibida la documentación completa. / Claims payment (C.Com Art. 570): The insurer must pay the claim within 45 calendar days of receiving complete documentation.
Jurisdicción: Los accidentes de tránsito se tramitan ante los Juzgados de Policía Local bajo la Ley N° 18.287. / Jurisdiction: Traffic accidents are handled before the Juzgados de Policía Local under Ley N° 18.287.
Reclamos: Ante la Oficina de Atención al Público (OAP) de la CMF en www.cmfchile.cl. / Complaints: CMF OAP at www.cmfchile.cl.
VIII. FIRMAS / SIGNATURES
________________________________ ________________________________
Asegurador / Insurer Asegurado / Insured
[Insurer Name] [Insured Name]
RUT: [Insurer RUT] RUT: [Insured RUT]
Fecha / Date: [Issue Date]
Insurer / Asegurador
[Insurer Name]
Signature
Date: ________________
Insured / Asegurado
[Insured Name]
Signature
Date: ________________
Qué es Contrato de Seguro Automotriz Chile
El Contrato de Seguro Automotriz en Chile es el acuerdo, regido por el DFL 251 de 1931, los artículos 512 a 601 del Código de Comercio, la Ley 18.490 del SOAP y la normativa de la CMF, mediante el cual la aseguradora cubre los riesgos del vehículo y la responsabilidad del asegurado a cambio de una prima.
El seguro automotriz chileno opera dentro de un marco legal dual: el mercado voluntario de seguro automotriz integral regulado por el DFL 251/1931 y los Artículos 512–601 del C.Com bajo supervisión de la CMF; y el SOAP (Seguro Obligatorio de Accidentes Personales) establecido por la Ley N° 18.490/1986, que exige a todo vehículo motorizado registrado y en circulación en Chile contar con un seguro mínimo de accidentes personales que cubra lesiones corporales y muerte de ocupantes y peatones involucrados en accidentes de tránsito. Circular sin SOAP válido constituye infracción sancionada por Carabineros de Chile y los Juzgados de Policía Local bajo la Ley N° 18.287.
La Ley N° 18.490/1986 sobre SOAP establece la cobertura mínima obligatoria que debe llevar todo vehículo en Chile. El SOAP debe renovarse anualmente y está vinculado a la patente del vehículo registrada ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT). Las primas del SOAP son fijadas por regulación de la CMF y cubren: muerte — hasta 300 UF por persona; invalidez permanente — hasta 300 UF por persona; y gastos médicos — hasta 300 UF por persona. El SOAP cubre a cualquier persona lesionada en un accidente de tránsito que involucre el vehículo asegurado, independientemente de la culpa, constituyendo un esquema de responsabilidad objetiva para accidentes personales, completamente separado del seguro voluntario de daños al vehículo.
El seguro automotriz voluntario en Chile se ofrece en tres niveles principales bajo el DFL 251/1931 y las regulaciones de la CMF. El seguro todo riesgo es el nivel más amplio — cubre daños al vehículo asegurado desde cualquier causa: colisión, volcamiento, robo total y parcial, incendio, fenómenos de la naturaleza, vandalismo y rotura de vidrios; más responsabilidad civil frente a terceros por daños materiales y lesiones corporales; y accidentes personales para el conductor y ocupantes. El seguro contra terceros ampliado excluye los daños propios por colisión pero agrega cobertura de robo e incendio a la responsabilidad civil básica, siendo una opción intermedia para vehículos más antiguos cuyo valor de mercado puede no justificar la prima de cobertura integral. El seguro contra terceros básico cubre únicamente responsabilidad civil por daños causados a otros vehículos o bienes y lesiones corporales a terceros causados por el vehículo asegurado.
Los valores de los vehículos en el mercado de seguros automotrices de Chile se evalúan típicamente mediante la Guía Automotriz (guía de valoración de vehículos) publicada por asociaciones de la industria, que establece el valor de mercado (valor de mercado) de los vehículos por marca, modelo, año y condición. La CMF, mediante la NCG N° 306 y circulares relacionadas, regula los requisitos de contenido y divulgación de todos los productos de seguro voluntario de vehículos. La Ley N° 20.667/2013 — conocida como la Reforma al Seguro — modernizó integralmente el título de seguros del C.Com, introduciendo obligaciones de divulgación, la regla de proporcionalidad del Artículo 525 para reticencias parciales, la prohibición de cláusulas abusivas del Artículo 542 y el plazo de pago obligatorio de 45 días calendario del Artículo 570.
Cuándo necesitas Contrato de Seguro Automotriz Chile
El Contrato de Seguro Automotriz en Chile es obligatorio o altamente recomendable en diversas circunstancias de propiedad y financiamiento de vehículos reguladas por el DFL 251/1931, los Artículos 512–601 del C.Com y la Ley N° 18.490.
El cumplimiento obligatorio del SOAP es exigido para todo vehículo motorizado en circulación en Chile conforme a la Ley N° 18.490. El SOAP debe contratarse anualmente antes o al momento de la revisión técnica del vehículo en los CITV (Centros de Inspección Técnica Vehicular) autorizados por el MTT. Los aseguradores del SOAP autorizados por la CMF incluyen Mapfre, HDI Seguros, BCI Seguros, Penta Security y Seguros Falabella, entre otros.
El financiamiento de vehículos mediante créditos automotrices de bancos regulados por la CMF o financieras de concesionarios habitualmente exige seguro todo riesgo como condición para el desembolso. El banco o financiera se designa típicamente como beneficiario preferente (primer beneficiario) hasta el saldo insoluto del préstamo en caso de pérdida total o robo. Las regulaciones de la CMF otorgan a los prestatarios el derecho a elegir su propio asegurador; el prestamista no puede obligar a contratar con la aseguradora afiliada al banco si existe cobertura equivalente disponible a menor costo en otro asegurador autorizado por la CMF.
Las compras de vehículos nuevos en concesionarios autorizados en Chile habitualmente se financian con créditos automotrices de compañías financieras afiliadas a fabricantes o productos de préstamo bancario, siendo el seguro integral una condición estándar del financiamiento. El Permiso de Circulación anual emitido por la municipalidad basado en la tasación fiscal del vehículo por el SII no exige por sí mismo prueba de seguro integral — solo el SOAP es legalmente requerido para circular. Sin embargo, la gestión prudente del riesgo determina la conveniencia de cobertura integral para cualquier vehículo con valor de mercado significativo.
Las plataformas de transporte de pasajeros como Uber, Cabify e inDriver que operan en Chile bajo el marco regulatorio establecido por la Ley N° 21.046/2017 sobre Transporte de Pasajeros entre Pares exigen a los conductores mantener seguro comercial de vehículos (seguro comercial) además del SOAP, ya que las pólizas de seguro personal habitualmente excluyen el uso comercial (uso comercial) de la cobertura. La CMF ha emitido orientaciones sobre los requisitos de seguros aplicables a los operadores de transporte de la economía de plataformas.
Los vehículos de empresas (vehículos de empresa) — flotas de reparto, vehículos de vendedores y transporte de ejecutivos — requieren pólizas de seguro automotriz que cubran a todos los conductores autorizados e incluyan una cobertura de responsabilidad civil adecuada para los riesgos comerciales. Las flotas de cinco o más vehículos se aseguran generalmente bajo pólizas de flota (pólizas de flota automotriz) que ofrecen primas consolidadas y procedimientos de gestión de siniestros simplificados. El DFL 251/1931 y la NCG N° 306 de la CMF exigen a los aseguradores revelar claramente todos los deducibles aplicables, límites de cobertura y procedimientos de tasación de pérdida total en el lenguaje de la póliza.
Qué incluir en tu Contrato de Seguro Automotriz Chile
Un Contrato de Seguro Automotriz válido en Chile conforme al DFL 251/1931, los Artículos 512–601 del C.Com y la NCG N° 306 de la CMF debe incluir los siguientes elementos esenciales:
Descripción del vehículo asegurado: Identificación completa del vehículo — marca, modelo, año, versión, VIN (Número de Identificación del Vehículo), patente (PPU), número de motor, color y tipo de uso (particular/comercial/taxi/escolar). La tasación fiscal del SII y el valor de mercado según la Guía Automotriz establecen la base para los montos de cobertura y el cálculo de la prima. La descripción precisa del vehículo es crítica — las discrepancias pueden activar la regla de proporcionalidad del Artículo 525 del C.Com en caso de siniestro.
Asegurado y contratante: Identificación del propietario del vehículo y usuarios habituales — nombre completo, RUT, número de licencia de conducir, edad y domicilio. Para vehículos de empresa, identificación de la persona jurídica y conductores autorizados. El historial de conducción del asegurado — accidentes previos, infracciones al tránsito y cancelaciones previas de seguros — es evaluado por el asegurador para el cálculo de la prima bajo criterios de suscripción actuarial. Conforme al Artículo 524 del C.Com, el solicitante debe declarar honestamente todos los hechos materiales relevantes para la evaluación del riesgo.
Alcance de la cobertura: Especificación del nivel de cobertura seleccionado: seguro todo riesgo (cobertura integral — cubre colisión, robo, incendio, fenómenos naturales, vandalismo, rotura de vidrios, responsabilidad civil y accidentes personales); seguro contra terceros ampliado (cubre robo, incendio y responsabilidad civil, pero excluye daños propios por colisión); o seguro contra terceros básico (solo responsabilidad civil frente a terceros). Para cobertura integral, la suma asegurada debe reflejar el valor real de mercado del vehículo, con un deducible acordado (deducible pactado) aplicable a ciertos siniestros.
Integración del SOAP obligatorio: El contrato debe confirmar el cumplimiento de los requisitos del SOAP de la Ley N° 18.490 — número de póliza, nombre del asegurador, período de cobertura (anual) y sumas aseguradas SOAP (300 UF por persona para muerte, 300 UF por invalidez permanente, 300 UF por gastos médicos). El SOAP puede ser emitido por el mismo u otro asegurador que la cobertura integral.
Cobertura de Responsabilidad Civil: Cobertura de responsabilidad legal frente a terceros por lesiones corporales (daños corporales a terceros) y daños materiales (daños materiales a terceros) causados por el vehículo asegurado. Los límites mínimos de cobertura de responsabilidad civil deben declararse; la práctica chilena típicamente involucra montos de cobertura desde 100 UF hasta 2.000 UF o más por evento. La NCG N° 306 de la CMF exige la divulgación clara de los límites de responsabilidad civil. Esta cobertura complementa los montos mínimos del SOAP para siniestros graves de lesiones o muerte que excedan 300 UF por persona.
Deducibles y Coaseguro: Todos los deducibles aplicables para tipos de cobertura específicos — típicamente expresados como porcentaje del monto del siniestro o un monto fijo en UF por evento. Deducibles estándar en el seguro automotriz chileno: deducible por colisión — típicamente 1–5% de la suma asegurada; deducible por robo; deducible de parabrisas. Los deducibles por eventos catastróficos (fenómenos de la naturaleza) pueden ser mayores. La regla de infraseguro del Artículo 556 del C.Com aplica si la suma asegurada es inferior al valor real de mercado del vehículo.
Pérdida Total y Robo: Definición de pérdida total — típicamente cuando el costo de reparación supera el 75% de la suma asegurada (CTR ≥ 75% de la suma asegurada), activando el pago de la suma asegurada menos el deducible y el valor de salvamento del vehículo. Procedimiento de reclamo por robo: denuncia ante Carabineros de Chile o PDI dentro de las 24 horas; notificación al asegurador dentro de 3 días; período de espera de 30 días durante el cual el vehículo puede ser recuperado antes de que el siniestro sea pagado como robo. La recuperación tras el pago crea un derecho de subrogación para el asegurador.
Ámbito Geográfico: Si la cobertura aplica únicamente dentro del territorio nacional de Chile o incluye países vecinos — particularmente Argentina, Bolivia y Perú, donde los chilenos cruzan frecuentemente la frontera en vehículo. La cobertura transfronteriza típicamente requiere un endoso específico (cláusula de extensión territorial) y prima adicional.
Forms-legal.com ofrece este modelo de Contrato de Seguro Automotriz Chile como documento de referencia. Los aseguradores autorizados por la CMF proporcionan pólizas estandarizadas con términos de cobertura y prima que deben cumplir el DFL 251/1931 y los Artículos 512–601 del C.Com. Los propietarios de vehículos deben comparar términos de cobertura y primas de múltiples aseguradores antes de contratar. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 18.490AR official
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Forms Legal. (2026). Contrato de Seguro Automotriz Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/financial/agreements/contrato-seguro-automotriz-chile
"Contrato de Seguro Automotriz Chile (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/chile/financial/agreements/contrato-seguro-automotriz-chile.
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}Preguntas Frecuentes
El SOAP (Seguro Obligatorio de Accidentes Personales) es un seguro obligatorio de accidentes personales exigido para todo vehículo motorizado en circulación en Chile, establecido por la Ley N° 18.490/1986. Todo vehículo registrado y en circulación debe contar con SOAP válido, que debe renovarse anualmente. El SOAP proporciona cobertura sin importar la culpa para cualquier persona lesionada en un accidente de tránsito que involucre el vehículo asegurado — ya sean ocupantes o peatones — cubriendo: hasta 300 UF por muerte; hasta 300 UF por invalidez permanente; y hasta 300 UF por gastos médicos. Circular sin SOAP válido constituye infracción al tránsito bajo la Ley N° 18.287, sancionada por Carabineros de Chile con multas y potencial retención del vehículo. El SOAP no cubre daños al vehículo — solo lesiones personales y muerte.
El seguro automotriz en Chile se ofrece en tres niveles principales bajo el DFL 251/1931 y las regulaciones de la CMF. El seguro todo riesgo es el nivel más amplio — cubre daños al vehículo asegurado por cualquier causa: colisión, volcamiento, robo, incendio, fenómenos naturales, vandalismo y rotura de vidrios; más responsabilidad civil frente a terceros por daños materiales y lesiones corporales; y accidentes personales para el conductor y ocupantes. El seguro contra terceros ampliado excluye los daños propios por colisión pero agrega cobertura de robo e incendio a la responsabilidad civil básica — opción intermedia para vehículos más antiguos. El seguro contra terceros básico cubre solo responsabilidad civil por daños causados a terceros. Los tres niveles son independientes del SOAP obligatorio y adicionales a él.
En la práctica del seguro automotriz chileno bajo el DFL 251/1931 y los Artículos 512–601 del C.Com, un vehículo se declara pérdida total cuando el costo total de reparación (CTR) supera un porcentaje umbral de la suma asegurada — típicamente el 75%, aunque el umbral específico lo establece cada póliza. Al declararse pérdida total, el asegurador paga la suma asegurada menos el deducible aplicable y retiene los derechos sobre el salvamento del vehículo. El valor del vehículo se evalúa usando la Guía Automotriz al momento del siniestro. Si la suma asegurada era insuficiente respecto al valor de mercado, puede aplicarse la regla proporcional del Artículo 556 del C.Com. Para vehículos financiados, el banco (beneficiario preferente) recibe el saldo insoluto del préstamo del pago por pérdida total, con el exceso al propietario del vehículo.
Después de un accidente de tránsito en Chile, los siguientes pasos inmediatos son exigidos por la Ley de Tránsito (Ley N° 18.290) y los procedimientos de reclamo de seguros: Garantizar la seguridad — apartar los vehículos del flujo de tráfico si es seguro; verificar lesiones y llamar a servicios de emergencia (SAMU — 131; Carabineros — 133). Reportar a Carabineros — la Ley N° 18.290 exige reportar todos los accidentes con lesiones o daños materiales significativos a Carabineros de Chile, quienes elaboran un parte de Carabineros documentando las circunstancias, partes y culpa aparente. Intercambiar información — obtener de todas las partes: nombre, RUT, número de licencia, patente (PPU), datos del SOAP y datos del seguro voluntario. Documentar la escena con fotografías. Notificar a su asegurador dentro del plazo estipulado en su póliza (habitualmente 24–72 horas). Los Juzgados de Policía Local bajo la Ley N° 18.287 tienen jurisdicción sobre reclamos de accidentes de tránsito.
Conforme al Artículo 538 del Código de Comercio (reformado por la Ley N° 20.667/2013) y la NCG N° 306 de la CMF, un asegurador en Chile puede cancelar una póliza de seguro automotriz durante su vigencia por causas específicas: incumplimiento en el pago de la prima tras la expiración del período de gracia; reticencia dolosa descubierta con posterioridad; agravación esencial del riesgo no comunicada por el asegurado; o siniestro fraudulento. El asegurador debe dar aviso previo por escrito de la cancelación prevista — habitualmente 30 días bajo la NCG N° 306 de la CMF para cancelaciones unilaterales sin causa contractual específica. El asegurado tiene derecho a cancelar la póliza en cualquier momento — el asegurador debe devolver la prima no devengada correspondiente al período restante, deduciendo los siniestros pagados. El SOAP (Ley N° 18.490) es una póliza anual que expira sin renovación — no existe mecanismo de cancelación durante su vigencia.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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