Carta de Aceptación de Pedido Chile
Código de Comercio Art. 97 — Contract formation by offer and acceptance
CARTA DE ACEPTACIÓN DE PEDIDO
[Seller Name] RUT: [Seller RUT] [Seller Address] Correo: [Seller Email] Fecha: [Letter Date]
A: [Buyer Name] RUT: [Buyer RUT] [Buyer Address] Atención: [Buyer Contact]
RE: ACEPTACIÓN DE ORDEN DE COMPRA {{poNumber}}
Estimado/a [Buyer Contact]:
Nos referimos a su Orden de Compra N° [PO Number] de fecha [PO Date] (la «Orden de Compra») y nos complace confirmar nuestra aceptación de la Orden de Compra en los términos que se indican a continuación. Esta carta constituye un contrato vinculante conforme al Art. 97 del Código de Comercio a partir de la fecha de su envío.
1. BIENES / SERVICIOS ACEPTADOS
1.1 Confirmamos la aceptación del siguiente pedido: Descripción: [Goods Description] Cantidad: [Quantity]
2. PRECIO Y PAGO
2.1 Precio unitario: [Unit Price] 2.2 Precio total: [Total Price] 2.3 Moneda: [Currency] 2.4 Condiciones de pago: [Payment Terms]
2.5 Se emitirá una factura electrónica a través del sistema del SII conforme al Decreto Ley 825 de 1974 y la Circular SII N° 12 de 2017 al producirse el hecho generador acordado. El comprador tiene 8 días para reclamar la factura bajo la Ley 19.983 de 2004 (Ley de Factura).
3. ENTREGA
3.1 Fecha de entrega: [Delivery Date] 3.2 Dirección de entrega: [Delivery Address] 3.3 Condiciones de entrega: [Incoterms]
3.4 Se emitirá una guía de despacho electrónica al momento del despacho conforme a las regulaciones del SII. La recepción conforme firmada por el comprador constituye prueba concluyente de entrega satisfactoria.
4. CONDICIONES Y RESERVAS
4.1 Esta aceptación está sujeta a las siguientes condiciones: [Conditions]
4.2 Ley aplicable: Este acuerdo se rige por las leyes de Chile, incluyendo el Código de Comercio y el Código Civil. Cualquier disputa derivada de este acuerdo que no sea resuelta amigablemente será sometida al Juzgado de Letras en lo Civil competente en Santiago o a arbitraje según acuerdo de las Partes.
5. CIERRE
Esperamos completar esta transacción y continuar con nuestra relación comercial. No dude en contactarnos si tiene alguna consulta respecto a esta aceptación o las condiciones de entrega.
Atentamente,
FIRMA
[Seller Rep] [Seller Name] RUT: [Seller RUT]
Seller / Vendedor
________________
Signature
Qué es Carta de Aceptación de Pedido Chile
La Carta de Aceptación de Pedido Chile es un documento comercial escrito formal regulado por el Código de Comercio Art. 97, la disposición fundamental sobre la formación de contratos por oferta y aceptación en el derecho mercantil chileno, mediante la cual un vendedor o proveedor confirma formalmente la aceptación de todos los términos de una orden de compra recibida, perfeccionando el contrato de compraventa mercantil conforme al Artículo 130 del Código de Comercio.
El Artículo 97 del Código de Comercio establece que para que la aceptación constituya un contrato debe ser pura y simple, esto es, sin modificar los términos de la oferta original. Si el destinatario de la oferta acepta con modificaciones, la respuesta se considera una contraoferta que requiere nueva aceptación del oferente original. Esta regla del derecho mercantil chileno es fundamental para determinar cuándo se entiende perfeccionado el contrato y desde qué momento son exigibles las obligaciones de entrega y pago.
La formación del consentimiento en los contratos comerciales se rige también por los Artículos 98 al 106 del Código de Comercio, que establecen plazos para la aceptación (la oferta caduca si no es aceptada dentro del plazo fijado por el oferente o dentro de 24 horas si la oferta es verbal), las condiciones para revocar la oferta antes de la aceptación, y las reglas sobre el momento y lugar en que se entiende perfeccionado el contrato entre partes en lugares diferentes (el Art. 104 CC establece que el contrato se forma en el lugar donde fue propuesta la oferta para efectos de la competencia judicial).
Para las relaciones comerciales entre empresas, la Carta de Aceptación de Pedido cumple múltiples funciones: acredita ante el SII la existencia de una operación comercial que justifica la emisión de factura electrónica, sirve de prueba del acuerdo de voluntades para efectos de la Ley 19.983 sobre facturas de venta, y constituye el documento de partida para el despacho y la logística de la entrega de los bienes o servicios. La Ley del Consumidor (Ley 19.496) y las instrucciones del SERNAC exigen que las condiciones de la compraventa queden claramente documentadas en las relaciones B2C.
El Código de Comercio aplica a todos los actos de comercio enumerados en el Artículo 3, incluyendo la compraventa de mercaderías para revender, los contratos de suministro de materias primas, las operaciones de importación y exportación, y los contratos celebrados por personas jurídicas con giro comercial. forms-legal.com ofrece este modelo junto al Contrato de Compraventa Mercantil y la Carta de Cobro de Deuda Comercial para Chile.
Cuándo necesitas Carta de Aceptación de Pedido Chile
La Carta de Aceptación de Pedido Chile se necesita cuando un vendedor recibe una orden de compra de un comprador y desea confirmar formalmente la aceptación de todos los términos, creando un contrato comercial ejecutable con registro escrito claro de los detalles de la transacción.
Operaciones de compraventa entre empresas (B2B): cuando un proveedor recibe una orden de compra de un cliente corporativo, la carta de aceptación confirma que los bienes o servicios solicitados están disponibles, que el precio es el acordado, y que la fecha de entrega es la requerida, evitando malentendidos sobre condiciones específicas.
Relaciones con proveedores extranjeros: en operaciones de importación reguladas por el Servicio Nacional de Aduanas (SNA) y la Ley Aduanera (DFL 30/2004), la carta de aceptación del proveedor extranjero es un documento que debe acompañar la factura comercial para el despacho aduanero y el cálculo de derechos de internación.
Contratos de suministro de materias primas: en la industria minera (regulada por el Código de Minería), agroindustrial, pesquera o manufacturera, los contratos de suministro de largo plazo se perfeccionan operativamente a través de órdenes de compra periódicas y sus correspondientes cartas de aceptación que confirman cantidades, precios vigentes y condiciones de entrega para cada despacho.
Licitaciones y propuestas públicas: en procesos de licitación del sector público tramitados a través del portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) bajo la Ley 19.886 de Bases de Contratos Administrativos, la carta de aceptación de la oferta adjudicada es el documento que perfecciona el contrato entre el organismo público y el proveedor antes de la firma del contrato formal.
Comercio electrónico y ventas en línea: las plataformas de ecommerce deben enviar una confirmación de pedido al comprador dentro de las 24 horas de recibida la orden conforme a las instrucciones del SERNAC sobre comercio electrónico, y esta confirmación equivale a la carta de aceptación de pedido en el entorno digital.
Prevención de disputas comerciales: contar con la carta de aceptación es fundamental para acreditar ante los Juzgados de Letras en lo Civil o en los procedimientos arbitrales del CAM Santiago que el contrato se perfeccionó y que las obligaciones de ambas partes son claras y exigibles, especialmente cuando el comprador niega haber realizado el pedido o cuando el vendedor alega no haber aceptado los términos.
Qué incluir en tu Carta de Aceptación de Pedido Chile
Una Carta de Aceptación de Pedido válida en Chile bajo el Código de Comercio Art. 97 debe contener los siguientes elementos para constituir prueba clara de un acuerdo comercial vinculante y cumplir con los requisitos del SII.
Encabezado con datos del vendedor: Nombre o razón social, RUT, dirección, teléfono, correo electrónico y número de resolución SII si corresponde. Para empresas, indicar el representante legal que suscribe la carta y su cargo.
Identificación del comprador y la orden de compra: Nombre o razón social del comprador, RUT, dirección de entrega, número de la orden de compra aceptada (OC), fecha de recepción de la orden y nombre del contacto del comprador.
Confirmación de los productos o servicios: Descripción detallada de cada ítem aceptado: código o referencia del producto, descripción técnica, cantidad confirmada, unidad de medida (unidades, kilogramos, metros, litros), precio unitario en pesos chilenos o en UF, e IVA aplicable conforme al DL 825/1974. Si algún ítem de la orden no puede ser despachado tal como se solicitó, debe indicarse la variación y obtener confirmación del comprador para evitar una aceptación con modificaciones que constituiría contraoferta bajo el Art. 97 del Código de Comercio.
Condiciones de entrega (Incoterms): Lugar de entrega (EXW en planta del vendedor, DDP en bodega del comprador u otro Incoterm aplicable), fecha o plazo estimado de entrega, transportista designado y condiciones de embalaje y etiquetado.
Condiciones de pago: Forma de pago aceptada (transferencia bancaria, cheque nominativo, factura a 30/60/90 días), plazo de pago, tasa de interés por mora conforme a la Ley 18.010 sobre operaciones de crédito de dinero, y consecuencias del incumplimiento del pago (derecho del vendedor a retener futuras entregas o exigir garantías).
Condiciones especiales de la venta: Garantía legal mínima del Artículo 21 de la Ley 19.496 (Ley del Consumidor) para ventas B2C, o garantías contractuales adicionales acordadas para ventas B2B; política de devoluciones y cambios; y condiciones de confidencialidad sobre precios si aplica.
Reserva de dominio: Si el vendedor retiene la propiedad de los bienes hasta el pago total del precio conforme al Artículo 680 del Código Civil, debe indicarse expresamente. La reserva de dominio en bienes muebles no requiere formalidad especial pero debe constar por escrito para ser oponible al comprador.
Foro y ley aplicable: Sometimiento a los tribunales ordinarios de justicia chilenos o al arbitraje del CAM Santiago para la resolución de disputas. forms-legal.com recomienda archivar la carta de aceptación junto con la orden de compra original como parte del expediente de la transacción comercial.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Art. 104 CCBR official
- Ley 19.983AR official
- Ley 19.496AR official
- Ley 19.886AR official
- Ley 18.010AR official
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Forms Legal. (2026). Carta de Aceptación de Pedido Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/business/letters/carta-aceptacion-pedido-chile
"Carta de Aceptación de Pedido Chile (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/chile/business/letters/carta-aceptacion-pedido-chile.
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}Preguntas Frecuentes
Bajo el Art. 101 del Código de Comercio, una Carta de Aceptación de Pedido crea un contrato comercial legalmente vinculante en Chile en el momento de la expedición — es decir, cuando el vendedor envía la carta de aceptación al comprador — no en el momento de la recepción. Esta es la teoría de la expedición que adoptó el Código de Comercio de Chile para la formación de contratos entre partes distantes. La consecuencia práctica es que si el vendedor envía una carta de aceptación el lunes, el contrato se perfecciona el lunes, aunque el comprador no reciba la carta hasta el miércoles. La aceptación debe ser pura y simple — una aceptación condicional o con modificaciones constituye una contraoferta bajo el Art. 97, no una aceptación vinculante. Para cartas de aceptación electrónicas enviadas por correo electrónico, el contrato se perfecciona en el momento en que se envía el correo, no cuando se abre o se lee.
Bajo el Art. 97 del Código de Comercio, una aceptación que introduce nuevas condiciones o modifica los términos originales de la orden de compra no constituye una aceptación válida — constituye una contraoferta, que el oferente original (comprador) puede aceptar o rechazar. Esta es la regla del espejo en el derecho comercial chileno: un contrato vinculante solo se forma cuando la aceptación refleja perfectamente la oferta sin adiciones, modificaciones ni condiciones. En la práctica, el enfoque recomendado es: (1) aceptar los términos comerciales principales (cantidad, precio, descripción del producto) de forma expresa y sin reservas; (2) proponer arreglos operativos complementarios como términos administrativos separados que el comprador puede confirmar; y (3) solicitar la confirmación escrita del comprador de que estos términos complementarios son acordados.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) requiere documentos tributarios electrónicos (DTE) específicos para transacciones de venta comercial en Chile, administrados a través del portal del SII (sii.cl). Para una venta B2B típica de bienes o servicios, la secuencia documental es: (1) Orden de compra del comprador — documento comercial; (2) Carta de Aceptación de Pedido — confirma la formación del contrato; (3) Guía de Despacho Electrónica (SII Formulario 52) — emitida cuando se despachan los bienes; (4) Factura Electrónica (SII Formulario 33) — emitida por el vendedor cuando ocurre el hecho gravado. La factura debe incluir: RUT y razón social del vendedor, RUT y razón social del comprador, descripción de bienes/servicios, precio neto, monto del 19% de IVA y precio total. Bajo la Ley 19.983 de 2004, el comprador tiene 8 días para impugnar la factura — si no es impugnada, constituye título ejecutivo.
La plataforma ChileCompra (mercadopublico.cl), administrada por la Dirección ChileCompra bajo el Ministerio de Hacienda, es el mercado de compras públicas centralizado de Chile. Para proveedores PYME registrados en el Registro de Proveedores del Estado, el proceso de aceptación de órdenes de compra en ChileCompra tiene características legales y procedimentales específicas. Cuando una entidad pública emite una Orden de Compra (OC) en ChileCompra, el proveedor debe aceptarla electrónicamente dentro del plazo especificado. La aceptación electrónica del proveedor forma el contrato entre la entidad pública y el proveedor bajo el Art. 63 del Reglamento de la Ley 19.886. La aceptación de la OC activa la obligación de pago a 30 días bajo el Art. 2 bis de la Ley 20.416 — las entidades públicas deben pagar a los proveedores PYME dentro de los 30 días calendario de aceptar la entrega y recibir la factura electrónica conforme. El pago tardío por parte de entidades públicas a proveedores PYME genera una obligación de intereses a la tasa de interés corriente publicada por la CMF.
Bajo los Arts. 1545–1551 del Código Civil y los Arts. 131–160 del Código de Comercio, una vez que el vendedor ha aceptado una orden de compra y se ha perfeccionado un contrato comercial vinculante, el incumplimiento en la entrega de los bienes acordados en la fecha y términos convenidos constituye incumplimiento del contrato con graves consecuencias legales. Bajo el Art. 1489 del Código Civil, el comprador tiene derecho a elegir entre: (1) exigir el cumplimiento forzado; o (2) resolver el contrato y reclamar compensación de daños y perjuicios. Los daños incluyen: daño emergente (costo directo de obtener bienes sustitutos a un precio mayor), lucro cesante (ganancias perdidas) e intereses sobre obligaciones monetarias desde la fecha de mora bajo el Art. 1559. Bajo el Art. 1551 N° 1 del Código Civil, el vendedor está en mora desde la fecha acordada para la entrega si no entrega — no se requiere interpelación separada si se acordó una fecha específica de entrega.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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