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Aviso de Privacidad para Arrendatarios México (LFPDPPP arts. 15–17)

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Key takeaways

El aviso de privacidad para arrendatarios es el documento mediante el cual el arrendador o la inmobiliaria informa al inquilino qué datos personales recopila, para qué los usa y cómo puede ejercer sus derechos sobre ellos. La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP, arts. 15–17) lo exige antes o durante la firma del contrato de arrendamiento, y su ausencia expone al responsable a sanciones administrativas.

Legal basis: Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares arts. 15–17

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Qué es un aviso de privacidad para arrendatarios

Cualquier particular, empresa o persona física que actúe como arrendador o intermediario inmobiliario es un "responsable" del tratamiento de datos personales bajo la LFPDPPP. Al solicitar al futuro inquilino su nombre, identificación, referencias personales, estados de cuenta, historial crediticio o comprobante de domicilio, está recopilando datos personales protegidos por la ley.

El aviso de privacidad es el mecanismo legal por el que ese responsable cumple su obligación de informar. No es una formalidad burocrática opcional: su artículo 15 establece expresamente que el responsable tiene la obligación de informar al titular de los datos sobre la existencia y características del tratamiento al que serán sometidos. Sin este documento, cualquier recopilación de datos del inquilino carece de base legal suficiente.

Vale distinguir el aviso de privacidad del contrato de arrendamiento. El primero informa; el segundo obliga. Ambos pueden entregarse juntos, pero el aviso debe ser claro, estar redactado en lenguaje llano y ser comprensible para cualquier persona, no solo para abogados.

Cuándo se necesita este documento

La obligación surge en el momento en que el arrendador o la inmobiliaria comienza a recopilar datos del interesado, es decir, desde la primera solicitud de información, ya sea presencial o digital. No hay que esperar a la firma del contrato.

Los supuestos más comunes en el sector inmobiliario son:

  • Cuando se pide al solicitante que llene una solicitud de arrendamiento con sus datos de identificación y económicos.
  • Cuando se solicitan referencias personales o laborales y se contacta a terceros.
  • Cuando el arrendador contrata una plataforma digital o inmobiliaria que recaba datos en su nombre.
  • Cuando se realizan verificaciones de historial crediticio a través de terceros.
  • Cuando se conservan copias de identificaciones, comprobantes de domicilio o nóminas.

En todos estos casos, el aviso debe entregarse de forma previa o simultánea a la recopilación de los datos, no con posterioridad.

Elementos obligatorios según la LFPDPPP arts. 15–17

La ley establece un contenido mínimo que todo aviso debe incluir. El artículo 15 fija los elementos que el aviso debe contener cuando los datos se recaban directamente del titular, mientras que el artículo 16 detalla los datos de identificación del responsable y las menciones específicas que deben aparecer en el texto. El artículo 17 regula el supuesto en que los datos no se obtienen directamente del titular, caso frecuente cuando la inmobiliaria recibe información del inquilino a través de un portal o de referencias.

Los elementos que no pueden faltar son los siguientes:

Identidad y domicilio del responsable. Nombre o denominación social, razón social si corresponde, y domicilio completo de quien trata los datos. Si el arrendador es persona física, basta con su nombre y domicilio fiscal o de negocios.

Finalidades del tratamiento. Para qué se usarán los datos. En un arrendamiento las finalidades primarias suelen ser la verificación de identidad, la evaluación de solvencia y la formalización del contrato. Las finalidades secundarias —como enviar promociones de otros inmuebles— son opcionales y el titular puede oponerse a ellas.

Mecanismo para ejercer los derechos ARCO. El titular tiene derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición. El aviso debe indicar cómo ejercerlos: correo electrónico, dirección física o formulario disponible para ese fin.

Transferencias de datos a terceros. Si los datos del inquilino serán compartidos con una sociedad de información crediticia, con una notaría, con otro arrendador del mismo grupo o con cualquier tercero, el aviso debe decirlo expresamente e indicar la finalidad de esa transferencia.

Medios para limitar el uso o divulgación. El titular tiene derecho a inscribirse en el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP) cuando aplique; el aviso debe mencionar este recurso si se realizan comunicaciones comerciales.

Procedimiento y medio para comunicar cambios en el aviso. La LFPDPPP prevé que el responsable puede modificar su aviso y establece la obligación de informar al titular sobre esos cambios.

Cómo redactar y entregar el aviso correctamente

Un aviso bien redactado no requiere lenguaje jurídico denso. La ley privilegia la claridad: el titular debe poder leer el documento y entender, sin ambigüedades, qué ocurrirá con sus datos.

Formato corto o integral. Para el arrendamiento residencial conviene el aviso de privacidad integral, que desarrolla todos los puntos en un solo documento. El formato corto —que remite a una versión completa en internet— es práctico en formularios digitales, pero solo es válido si el enlace al aviso completo es funcional en el momento de la recopilación.

Entrega y constancia. Entregar el aviso en papel con acuse de recibo del arrendatario, o enviarlo por correo electrónico con confirmación de lectura, deja constancia de que se cumplió la obligación. Bastará con que el inquilino firme la hoja del aviso o responda el correo confirmando haberlo recibido.

Redacción de finalidades. Sea específico: "verificación de identidad para la firma del contrato de arrendamiento" es mejor que "fines administrativos". Las finalidades vagas dificultan que el titular comprenda el alcance real del tratamiento y pueden ser observadas en una revisión.

Datos sensibles. Si durante el proceso se obtienen datos relacionados con la salud del solicitante (por ejemplo, para adaptaciones por discapacidad) o datos biométricos (huella dactilar en algún sistema de acceso), la ley les otorga una protección reforzada y el aviso debe identificarlos expresamente como tales.

Para facilitar este proceso, puede utilizar el Aviso de Privacidad para Arrendatarios México (LFPDPPP arts. 15–17), una plantilla gratuita adaptada a los requisitos legales vigentes.

Errores frecuentes que deben evitarse

El incumplimiento de la LFPDPPP no es hipotético: el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ha sancionado a particulares y empresas por deficiencias en sus avisos de privacidad. Los errores más recurrentes en el sector inmobiliario son los siguientes.

Omitir el aviso por completo. Muchos arrendadores particulares asumen que la obligación solo aplica a grandes empresas. La ley no distingue por tamaño del responsable: quien trate datos personales ajenos está obligado, sin importar si es una persona física con un solo inmueble o un grupo inmobiliario con cientos de unidades.

Mezclar el aviso con el contrato de arrendamiento. Incluir unas líneas al pie del contrato no equivale a un aviso de privacidad completo. El aviso debe identificarse claramente como tal, contener todos los elementos del artículo 15 y 16, y ser comprensible de forma independiente del contrato.

No actualizar el aviso cuando cambian las condiciones. Si el arrendador decide contratar un nuevo proveedor de gestión de propiedades que tendrá acceso a los datos del inquilino, debe actualizar el aviso y comunicarlo al titular. Mantener un aviso desactualizado equivale a no tener uno vigente.

Solicitar datos que no guardan relación con la finalidad declarada. Pedir datos sobre afiliación religiosa, filiación política u otros datos sensibles sin que exista una razón objetiva relacionada con el arrendamiento no solo viola la ley sino que invalida el consentimiento otorgado por el inquilino.

No prever el mecanismo ARCO. Es habitual encontrar avisos que describen los derechos del titular pero no indican cómo ejercerlos. Basta con una dirección de correo electrónico o un número de teléfono habilitado para recibir solicitudes, pero debe estar en el documento.

Redactar en un idioma que el titular no comprende. Si el arrendatario habla una lengua indígena o tiene dificultades con el español escrito, el responsable debe adoptar medidas razonables para garantizar la comprensión del aviso. La ley protege al titular, no al responsable.

Conservación de los datos y límites del tratamiento

Una vez concluida la relación arrendaticia, el responsable no puede conservar indefinidamente los datos del inquilino. La ley establece que los datos deben cancelarse cuando hayan dejado de ser necesarios para la finalidad que motivó su tratamiento. En la práctica, esto significa que, transcurrido un plazo razonable desde la terminación del contrato y resueltas posibles controversias derivadas de él, el arrendador debe bloquear y luego suprimir los datos del ex-inquilino.

Conservar datos de arrendatarios anteriores con fines de marketing o para compartirlos con terceros sin base legal actualizada es una infracción que el INAI puede investigar de oficio o por queja del afectado. Un aviso de privacidad bien elaborado desde el inicio del arrendamiento, junto con una política interna de retención y supresión de datos, protege al arrendador frente a estas contingencias y genera mayor confianza en los inquilinos.

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